Ir al contenido principal

Merchant of Record Brasil: Guía ISVs Vender SaaS sin Entidad

Marina Campos
Marina CamposAugust 4, 20265 min. de leitura
Merchant of Record Brasil: Guía ISVs Vender SaaS sin Entidad

El ISV cierra la reunión con el CFO brasileño. El software resuelve el problema. El precio cabe en el presupuesto. El contrato está prácticamente firmado, y entonces el CFO pregunta: "¿ustedes emiten nota fiscal en Brasil?"

Los ISVs (Independent Software Vendors, empresas de software que venden su producto a otras empresas) conocen bien esa pregunta. No es un detalle administrativo. Es el momento en que la venta empieza a morir. El ISV, una empresa de software con sede en Estados Unidos o Europa, no tiene entidad fiscal brasileña. No puede emitir factura. No puede recibir en reales vía Pix o boleto. El cliente brasileño, a su vez, no puede procesar una factura en dólares sin incurrir en una carga tributaria que, para SaaS clasificado como servicio técnico (SC Cosit 191/2017), el presupuesto no previó. El negocio se traba en ese punto con más frecuencia que cualquier otro obstáculo comercial en la venta de SaaS para Latinoamérica.

Ese impasse tiene tres salidas, y el CFO del ISV conoce dos de ellas. La primera es abrir una entidad en Brasil: doce a dieciocho meses de constitución, capital mínimo, obligaciones accesorias mensuales, contabilidad local, un costo de compliance que no se diluye antes de volúmenes expresivos de ingresos. La segunda es operar como venta internacional directa: el cliente asume el costo de la importación, que para SaaS clasificado como servicio técnico por la Receita Federal (SC Cosit 191/2017, 99/2018) alcanza el 47,8% del valor de la remesa (IRRF 15% con gross-up, CIDE 10%, PIS/COFINS-Importação 9,25%, ISS 2% a 5%, IOF-câmbio 3,5%), un número que transforma un contrato viable en un costo impublicable.

La tercera salida, y el tema de esta guía, es el Merchant of Record.

Qué es un Merchant of Record

El Merchant of Record, o MoR, es la entidad que asume la posición de vendedor legal frente al cliente final en una transacción de software transfronteriza. El ISV factura al MoR como su cliente en el exterior, en dólares. El MoR factura al comprador brasileño como su cliente local, en reales, con factura fiscal nacional. La responsabilidad por la recaudación, el pago y la declaración de los tributos indirectos se transfiere al MoR, que opera bajo un régimen tributario distinto del comprador final.

La consecuencia práctica es que el cliente brasileño compra software como si estuviera adquiriendo de un proveedor nacional. Recibe factura fiscal en reales. Paga vía Pix, boleto bancario o tarjeta de crédito local. No retiene IRRF en la fuente. No calcula CIDE. No enfrenta PIS/COFINS-Importação ni IOF-câmbio sobre la remesa. El MoR absorbe la importación en su propia capa fiscal y entrega al cliente una transacción domesticada.

El ISV, del otro lado de la cadena, recibe el pago consolidado en dólares. Su relación contractual es con una única contraparte, el MoR, y la complejidad de facturar a decenas de clientes brasileños en reales desaparece. El ISV no abre entidad en Brasil. No se registra en el CNPJ. No contrata contabilidad local. El MoR es el único deudor, y el ISV solo emite una factura.

Cómo funciona la cadena del Merchant of Record

Una transacción vía MoR recorre cuatro etapas, cada una con un régimen fiscal propio. Describirlas en secuencia es la forma más directa de visualizar dónde incide cada tributo y quién lo paga.

La primera etapa es la contratación entre el ISV y el MoR. El ISV establece un contrato de distribución con el MoR, por el cual el MoR adquiere el derecho de comercializar el software junto a clientes en Latinoamérica. El ISV emite una factura en dólares contra el MoR como único comprador. No hay facturación directa del ISV al cliente brasileño.

La segunda etapa es la importación por el MoR. El MoR remite el valor al ISV y procesa la transacción cambiaria. En esa capa de importación, incide apenas IRRF de 15% (con gross-up, conforme al RIR/2018 arts. 767 y 786) e IOF-câmbio de 3,5% (Decreto 6.306/2007 art. 15-B, XXIV, en la redacción del Decreto 12.499/2025). La CIDE y el PIS/COFINS-Importação no inciden en esa capa cuando el derecho de distribución está contractualmente segregado y no hay transferencia de código fuente, en los términos de las SC Cosit 342/2017 y 177/2024. Esa distinción es lo que separa el régimen del distribuidor del régimen del comprador final, y es la palanca fiscal que hace funcionar el modelo MoR.

La tercera etapa es la reventa doméstica por el MoR. El MoR emite factura fiscal en reales al cliente brasileño. Sobre esa operación inciden PIS/COFINS de 9,25% (régimen no acumulativo, Leyes 10.637/2002 y 10.833/2003) e ISS municipal de 2% a 5% (LC 116/2003, ítems 1.03 y 1.05 de la lista anexa, confirmados por el STF en las ADIs 1945 y 5659). La alícuota de ISS varía por municipio. São Paulo, por ejemplo, aplica 2,9%.

La cuarta etapa es el pago local. El cliente brasileño liquida la factura fiscal en reales, utilizando los métodos de pago disponibles en el mercado brasileño: Pix, boleto bancario, tarjeta de crédito local, con parcelamiento que puede llegar a doce veces y tipo de cambio fijado en la fecha de compra. El MoR consolida los cobros, liquida la remesa al ISV conforme al contrato de distribución, y el ISV recibe en dólares.

inline-01.png

Lo que esa secuencia revela es que el MoR no es un procesador de pagos. Procesar el pago es la etapa cuatro, la última. Las tres primeras son operaciones fiscales: contratación, importación, reventa. El MoR es, por encima de todo, una entidad que existe fiscalmente en Brasil. Sin existencia fiscal, no hay factura. Sin factura, el cliente corporativo brasileño no puede contabilizar el gasto como costo operativo deducible, y el crédito de PIS/COFINS de 9,25% que una empresa en Lucro Real recuperaría sobre una factura fiscal doméstica simplemente no existe en la importación directa.

El Merchant of Record en Brasil: la cadena fiscal completa

El punto que la mayor parte del contenido global sobre MoR no aborda es la distinción entre el régimen fiscal del MoR y el régimen fiscal del comprador final. Son dos regímenes diferentes, con incidencias diferentes, y tratarlos como si fueran el mismo es el error que invalida cualquier análisis comparativo.

Cuando un comprador final brasileño importa SaaS directamente, la clasificación fiscal del software como servicio técnico, establecida por la Receita Federal en las SC Cosit 191/2017 y 99/2018, dispara cinco tributos: IRRF de 15% con gross-up, CIDE de 10% (Ley 10.168/2000 art. 2º, §2º), PIS/COFINS-Importação de 9,25% (Ley 10.865/2004 arts. 7º y 8º), ISS de 2% a 5% conforme al municipio (LC 116/2003 art. 6º, §2º, I), e IOF-câmbio de 3,5%. La cuenta compuesta: por cada USD 100 de remesa, aproximadamente USD 147,80 de costo total. De ese total, cerca de USD 35,80 son tributos irrecuperables (IRRF, CIDE, ISS e IOF no generan crédito para el pagador). El 9,25% de PIS/COFINS-Importação es recuperable apenas para empresas en Lucro Real en el régimen no acumulativo, lo que deja a la mayor parte del mercado corporativo brasileño con la carga completa.

La CIDE de 10% es el ítem más frecuentemente mal comprendido en esa cuenta. La exención del §1°-A del art. 2° de la Ley 10.168/2000 aplica exclusivamente a licencias puras de software sin transferencia de tecnología, una categoría fiscal distinta de SaaS. SaaS es servicio técnico, y sobre servicio técnico la CIDE de 10% incide. La distinción no es de opinión: está en las SC Cosit 191/2017 y 99/2018 y fue reiterada por la SC Cosit 107/2023.

El MoR opera en un régimen diferente. En la capa de importación, el MoR recauda apenas IRRF de 15% e IOF de 3,5% sobre la remesa al ISV. No hay CIDE porque el derecho de distribución, cuando está contractualmente segregado y sin transferencia de código fuente, está fuera del alcance del art. 2º §2º de la Ley 10.168/2000, conforme a las SC Cosit 342/2017 y 177/2024. No hay PIS/COFINS-Importação sobre la porción de regalías cuando está segregada en contrato y factura fiscal, también en los términos de la SC Cosit 177/2024.

En la capa de reventa doméstica, el MoR emite factura fiscal en reales. Sobre esa factura inciden PIS/COFINS de 9,25% e ISS de 2% a 5%. El comprador empresarial en Lucro Real acredita el 9,25% de vuelta. Un comprador en Lucro Presumido, que calcula PIS/COFINS en el régimen acumulativo de 3,65% sobre el ingreso bruto, no toma crédito sobre facturas fiscales de entrada. Para ese comprador, el 9,25% de PIS/COFINS embutido en la factura es costo muerto. La ruta vía MoR para empresas en Lucro Presumido elimina IRRF, CIDE, PIS/COFINS-Importação e IOF de la capa de importación, lo que en muchos casos representa un costo total menor incluso con el PIS/COFINS doméstico no acreditable. La cuenta exacta depende del volumen, del municipio y del contrato; lo que no se puede afirmar es que el Lucro Presumido "se beneficia del crédito", porque crédito, en ese régimen, no existe.

MoR versus abrir entidad versus venta internacional directa

La decisión de cómo vender SaaS en Brasil no es binaria. El ISV tiene tres caminos, cada uno con un perfil de costo, plazo y riesgo distinto. La tabla abajo organiza la comparación.

DimensiónAbrir entidad en BrasilVenta internacional directaMerchant of Record
Plazo hasta la primera venta12 a 18 mesesInmediatoDías
Costo de setupBRL 80 mil a BRL 250 mil (capital, registro, contabilidad)CeroCero
Costo operativo mensualBRL 15 mil a BRL 40 mil (contabilidad, obligaciones accesorias, nómina)Cero, pero pérdida de ventas por precioPorcentaje sobre transacción
Tributación para el clienteCompra doméstica: PIS/COFINS 9,25% + ISS 2-5%. Crédito para Lucro Real.47,8% sobre la remesa (IRRF + CIDE + PIS/COFINS-Imp + ISS + IOF). Crédito parcial apenas para Lucro Real.PIS/COFINS 9,25% + ISS 2-5% embutidos en la factura. Sin IRRF, CIDE, PIS/COFINS-Imp o IOF para el cliente.
Factura fiscalSí, emitida por la entidad brasileña del ISVNo. El cliente retiene los tributos y genera DARF.Sí, emitida por el MoR en reales.
Métodos de pagoPix, boleto, tarjeta, transferenciaFactura internacional, tipo de cambio manualPix, boleto, tarjeta local
Riesgo cambiarioISV asume (ingreso en BRL, conversión a USD)Cliente asume (pago en USD)MoR asume la fijación del tipo de cambio. ISV recibe en USD.
Compliance fiscalIntegral: ECD, ECF, DCTF, EFD-Contribuições, DIRF, obligaciones municipalesEl cliente carga con la importación soloMoR carga con la importación y la reventa. ISV tiene una única contraparte contractual.
Volumen mínimo para pagarsePor encima de USD 500 mil/año en ingreso brasileño, aproximadamenteNinguno, pero la pérdida de ventas es proporcional al precioNinguno

Abrir entidad en Brasil es la ruta correcta para el ISV que ya tiene decenas de clientes brasileños, una operación comercial dedicada e ingreso recurrente por encima de medio millón de dólares anuales en el país. Para el ISV que está entrando al mercado, que tiene dos o tres prospects y quiere convertir el pipeline sin esperar un año y medio, la entidad propia es una solución de etapa posterior. El MoR resuelve la etapa de entrada.

La venta internacional directa, a su vez, no es una elección comercial. Es una renuncia comercial. El ISV que insiste en facturar desde el exterior está transfiriendo 47,8% de carga tributaria al cliente, y el cliente corporativo brasileño que hace las cuentas correctamente rechaza la propuesta o exige un descuento que elimina el margen del ISV. La venta directa funciona cuando el software es insustituible y el cliente no tiene alternativa. En la mayoría de los casos, el cliente sí la tiene.

La comparación entre MoR y marketplace de nube (AWS, Azure, Google Cloud) sigue una lógica específica: publicar el listing del ISV en el marketplace de la nube es una decisión de canal, no una decisión de estructura fiscal. El marketplace de la nube impone su propio contrato y su propia estructura de programa al ISV, cobra tasas sobre cada transacción, liquida en dólares y exige que el ISV mantenga entidad fiscal en el exterior para recibir. El MoR acepta el contrato estándar del ISV, opera en moneda local y es agnóstico de nube: el ISV no necesita comprometerse con ningún proveedor de infraestructura para transaccionar.

Cuánto cuesta cada camino: los números en una transacción real

El ejemplo a continuación recorre una transacción de USD 100.000 en valor líquido contratado, con el ISV con sede en Estados Unidos y el cliente brasileño en São Paulo (ISS 2,9%). El IRRF es de 15%, con gross-up. La CIDE es de 10% sobre la base bruta (incluyendo el IRRF asumido, conforme a la Súmula CARF 158). El PIS/COFINS-Importação es de 9,25%, calculado sobre base bruta. El IOF-câmbio es de 3,5%.

En la venta internacional directa, el costo total para el cliente brasileño es de USD 147.800, de los cuales USD 47.800 son tributos. Del total de tributos, USD 35.810 son irrecuperables (IRRF, CIDE, ISS e IOF no generan crédito). Los USD 11.990 de PIS/COFINS-Importação son recuperables apenas si el cliente está en Lucro Real. El costo neto para un cliente en Lucro Real es de USD 135.810. Para un cliente en Lucro Presumido, el costo neto es de USD 147.800. Ninguna de esas cuentas incluye el spread cambiario, que adiciona de 2% a 5% sobre el valor remitido dependiendo de la institución financiera y del momento de la liquidación.

En la ruta vía MoR, la capa de importación carga apenas IRRF de 15% con gross-up (USD 17.647) e IOF de 3,5% (USD 3.500), totalizando USD 21.147. La capa de reventa doméstica aplica PIS/COFINS de 9,25% e ISS de 2,9% sobre el precio en reales, componiendo una factura fiscal que el cliente liquida localmente. Para un cliente en Lucro Real, el 9,25% de PIS/COFINS se acredita integralmente, reduciendo el costo neto de la transacción. Para un cliente en Lucro Presumido, el 9,25% es costo efectivo. En ambos regímenes, el cliente no enfrenta IRRF, CIDE, PIS/COFINS-Importação ni IOF: esos tributos quedan en la capa del MoR.

La diferencia material está en lo que el cliente deja de pagar: el costo adicional sobre una transacción de USD 100.000 cae de USD 47.800 en la importación directa a una estructura significativamente menor vía MoR, y la factura llega al cliente en reales, con factura fiscal, sin la necesidad de procesar un cierre de tipo de cambio manual.

Nexforce Marketplace como Merchant of Record en Latinoamérica

Nexforce Marketplace opera como Merchant of Record con infraestructura fiscal latinoamericana, cubriendo Brasil, Argentina, México, Colombia, Chile y Perú en moneda local. Para el ISV internacional que quiere vender SaaS en Latinoamérica, el modelo se apoya en siete diferenciadores que actúan directamente sobre los puntos de fricción de la distribución transfronteriza.

  1. Contractual: Nexforce Marketplace trabaja con el contrato estándar y los programas comerciales del ISV. El proceso de ventas del ISV no cambia. A diferencia de un canal que impone su propia estructura contractual y su propio programa de socios al proveedor, Nexforce Marketplace se adapta a lo que el ISV ya practica.
  2. Neutralidad de nube: transaccionar con Nexforce Marketplace no exige compromiso con ningún proveedor de infraestructura. El ISV mantiene su arquitectura donde está y vende a través del marketplace como un canal independiente.
  3. Costo, en ambas puntas: el ISV no paga por estar en el marketplace, y el cliente final paga menos de lo que pagaría en la importación directa. La reducción de costo opera en las dos direcciones porque Nexforce Marketplace comprime el spread cambiario, elimina la CIDE y el PIS/COFINS-Importação sobre la remesa, y entrega al cliente una factura fiscal en reales que permite la recuperación de crédito para empresas en Lucro Real.
  4. Moneda local en toda Latinoamérica, y no solo en Brasil: el cliente en Argentina paga en pesos argentinos. El cliente en México paga en pesos mexicanos. El ISV recibe consolidado en dólares, independientemente de la moneda de origen de cada venta.
  5. Red de revendedores: Nexforce Marketplace opera con canales locales que amplían la cobertura comercial del ISV sin que este necesite construir equipo de ventas en cada país.
  6. Palanca de software alliance: Nexforce Marketplace genera ahorro sobre el gasto total de software del cliente o del prospect, usando la reducción de costo en otros contratos para viabilizar la adquisición del software del ISV. Es una palanca que el descuento del ISV, solo, no alcanza, porque actúa sobre el presupuesto total de software del comprador, no sobre el precio unitario de una única herramienta.
  7. Asimetría de capital de trabajo: Nexforce Marketplace paga al ISV al contado y parcela el pago del cliente en hasta doce veces. El ISV no carga con cuentas por cobrar. El cliente brasileño, acostumbrado a negociar plazos, consigue condiciones de pago locales. El descalce es absorbido por el marketplace.

A estos siete diferenciadores se suman atributos operativos que definen la experiencia del ISV: inexistencia de valor mínimo de transacción, cobertura completa de los métodos de pago locales (Pix, boleto, tarjetas de crédito locales, transferencias), y la emisión de la factura fiscal nacional como el documento que cierra la operación para el cliente corporativo. El ISV internacional alcanza al comprador latinoamericano a través de la infraestructura local de Nexforce Marketplace, sin abrir entidad en ningún país de la región.

Qué cambia con la reforma tributaria

La reforma tributaria brasileña (Enmienda Constitucional 132/2023, reglamentada por la Ley Complementaria 214/2025) altera progresivamente el perfil de tributos sobre el consumo a partir de 2026. El PIS/COFINS y el PIS/COFINS-Importação serán extinguidos en 2027, sustituidos por la CBS (Contribuição sobre Bens e Serviços). El ISS comenzará a ser reducido en 2029, con extinción total en 2033, sustituido por el IBS (Imposto sobre Bens e Serviços). El IRRF, la CIDE y el IOF sobreviven a la reforma: la EC 132 no los alcanza, y permanecen en vigor con las mismas reglas de incidencia descritas en esta guía.

Para la importación de SaaS y servicios digitales, la LC 214/2025 art. 64 establece expresamente que intangibles y servicios digitales suministrados desde el exterior son tributados por CBS/IBS, con el adquirente brasileño como contribuyente. El crédito para compradores empresariales es integral (arts. 47 a 56). La alícuota de referencia combinada todavía no está fijada; la estimación técnica de la Hacienda en 2024 era de aproximadamente 26,5%, y las proyecciones de mercado después de las excepciones del Congreso apuntan a cerca de 28%. El Senado debe fijar la primera alícuota de referencia de la CBS en el segundo semestre de 2026.

El efecto práctico para el modelo MoR: la CBS/IBS sustituirá el PIS/COFINS y, progresivamente a partir de 2029, el ISS en la cadena de reventa doméstica. El IRRF, la CIDE y el IOF siguen inalterados en la capa de importación. La estructura de dos regímenes (importación y reventa doméstica) permanece, con los tributos sobre el consumo migrando del modelo actual al modelo de IVA dual.

El MoR sobrevive a la reforma.

Errores comunes al elegir un MoR para vender en Latinoamérica

El primer error es tratar al MoR como procesador de pagos. MoRs globales que operan como gateways de pago resuelven el cobro en moneda local, pero no resuelven la existencia fiscal. Sin CNPJ brasileño, no hay factura fiscal. Sin factura fiscal, el cliente corporativo brasileño no contabiliza el gasto y no recupera crédito tributario. El MoR que actúa como infraestructura fiscal, y no solo como procesador, es lo que distingue un canal de ventas viable de una experiencia de checkout internacional con bandera local.

El segundo error es ignorar el régimen tributario del comprador. La recuperación del crédito de PIS/COFINS de 9,25% sobre la factura fiscal doméstica solo existe para empresas en Lucro Real. Un ISV que precifica su oferta asumiendo que todo cliente brasileño deduce 9,25% está sobreestimando el beneficio para una porción relevante del mercado. La empresa en Lucro Presumido no acredita. Lo que esa empresa gana es la eliminación del IRRF, de la CIDE, del PIS/COFINS-Importação y del IOF sobre la remesa, además de la factura fiscal en reales y la fijación del tipo de cambio.

El tercer error es subestimar el costo de cambiar de MoR después de operar. El MoR es el vendedor legal frente al cliente. El contrato de licenciamiento está a nombre del MoR. Migrar la base de clientes a otro MoR o a una entidad propia significa renegociar contratos, reemitir facturas fiscales y rehacer el onboarding de cada cliente. La decisión de MoR es una decisión de estructura, y cambiar de estructura es un proyecto de migración.

El cuarto error es aplicar el razonamiento fiscal de otros países a Brasil sin ajuste. En la Unión Europea, el MoR típico recauda IVA del país del consumidor y resuelve el problema. En Brasil, el IVA es solo una de las cinco líneas de la cuenta. IRRF, CIDE, ISS e IOF son tributos sin equivalente en la mayoría de los mercados donde los ISVs ya operan, y un MoR que no los aborda explícitamente deja el problema exactamente donde estaba.

El quinto error es confundir cobertura regional con cobertura real. "Cobertura LatAm" que se limita a aceptar tarjeta de crédito internacional emitida en Brasil no es cobertura. Es procesamiento de pago con otra bandera. Cobertura real significa factura fiscal brasileña, Pix, boleto, parcelamiento local, tipo de cambio fijado y responsabilidad fiscal sobre la importación en cada país de la región.

Preguntas frecuentes

¿El ISV necesita CNPJ para operar vía Merchant of Record?

No. El MoR tiene el CNPJ y la entidad fiscal brasileña. El ISV factura al MoR en dólares como si estuviera vendiendo a un cliente corporativo en el exterior. La relación contractual es entre el ISV y el MoR, y la relación de venta al cliente final es entre el MoR y el comprador brasileño.

¿Cuál es la diferencia entre MoR y procesador de pagos?

El procesador de pagos viabiliza la transacción financiera: convierte moneda, enruta el pago y liquida el valor. El MoR asume la posición de vendedor legal y la responsabilidad por los tributos indirectos. El cliente del procesador es el ISV, que sigue siendo el vendedor. El cliente del MoR es el comprador final, y el MoR es el vendedor. La diferencia está en quién responde fiscalmente por la transacción, y en Brasil esa diferencia es la factura fiscal.

¿La CIDE incide sobre la venta de SaaS?

Depende de quién está pagando. El comprador final que importa SaaS directamente paga CIDE de 10%, porque SaaS está clasificado como servicio técnico por la Receita Federal (SC Cosit 191/2017, 99/2018). El MoR, en su capa de importación como distribuidor, no paga CIDE sobre el derecho de distribución segregado (SC Cosit 342/2017, 177/2024). La exención del §1°-A de la Ley 10.168/2000 aplica apenas a licencias puras de software sin transferencia de tecnología, una categoría distinta de SaaS. La regla es: SaaS paga CIDE cuando es importado por el usuario final. El distribuidor no paga CIDE sobre el derecho de distribución.

¿Las empresas en Lucro Presumido se benefician del MoR?

Sí, pero por un mecanismo diferente de las empresas en Lucro Real. La empresa en Lucro Presumido no toma crédito de PIS/COFINS sobre la factura fiscal de entrada. El beneficio para ella es la eliminación de la carga de importación: IRRF, CIDE, PIS/COFINS-Importação e IOF no son pagados por el cliente. Además, el cliente recibe factura fiscal en reales, fija el tipo de cambio en el momento de la compra y paga vía Pix o boleto. El ahorro está en lo que deja de pagarse en la importación, no en el crédito que no existe.

¿Qué sucede con el MoR cuando la reforma tributaria entre en vigor?

El PIS/COFINS será extinguido en 2027 y sustituido por la CBS. El ISS comenzará a ser reducido en 2029 y será extinguido en 2033, sustituido por el IBS. El IRRF, la CIDE y el IOF permanecen inalterados. El MoR continuará operando las dos capas (importación y reventa doméstica), con los tributos sobre el consumo migrando progresivamente al modelo de IVA dual. La alineación del contrato de distribución con el nuevo régimen es una providencia que el MoR debe abordar durante la transición.

¿El MoR funciona para todos los países de Latinoamérica?

El modelo MoR funciona en cualquier jurisdicción donde exista una entidad local que asuma la posición de vendedor legal. La cobertura efectiva depende de que el MoR tenga entidad fiscal en cada país de la región. Un MoR con presencia apenas en Brasil cubre ventas para clientes brasileños. Un MoR con entidades fiscales en Brasil, Argentina, México, Colombia, Chile y Perú cubre ventas en toda la región, con factura fiscal y moneda local en cada país, y el ISV recibiendo consolidado en dólares.

Referencias y Lectura Complementaria

El Panorama por Delante

Para vender SaaS en Latinoamérica en moneda local, con factura fiscal, Pix, boleto y liquidación en dólares, Nexforce Marketplace opera como Merchant of Record con infraestructura fiscal en toda la región.

Nexforce

Vende tu software en Latinoaméricasin costos de estructura y ahorrando 50%

Distribuye tu SaaS a través de Nexforce escalando canales de venta de forma sencilla

Hacer Simulación

Artículos relacionados